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¿QUÉ CRITERIOS TIENE UN JUEZ PARA OTORGAR O NO CUSTODIA COMPARTIDA?

Todo lo esgrimido deberá ser valorado por el Juez o Jueza para determinar, o no, la procedencia de una custodia compartida.

Todo y así debemos tener en cuenta que cada caso y cada familia es diferente, al igual que los jueces y juezas. Existen muchos jueces que son partidarios de la custodia compartida mientras que con otros se hace más complicado que las otorguen.

También es posible que un juez no nos conceda la custodia compartida en un momento determinado o que lo haga de forma progresiva o bien que, en apelación, se nos otorgue la guarda y custodia compartida que la primera instancia nos ha denegado.

También dependerá, claro estar, del buen hacer de su abogado o abogada. De ahí que sea tan importante contratar los servicios del mejor abogado o abogada experto en derecho de familia que pueda encontrar.

No sólo un abogado o abogada experto en derecho de familia, sino con largos años de experiencia en los tribunales de familia. Como es el caso de nuestra abogada titular, abogada Sra. Sandra Burgos y todos los abogados de SBD ADVOCATS.

En cuanto nuestra comunidad autónoma, Cataluña, hay que tener en cuenta que no es aplicable el Código Civil español sino nuestro derecho foral propio: el Codi Civil de Catalunya y que, en materia de custodia compartida, su regulación es diferente de la del Código Civil español.

Nuestro Codi Civil de Catalunya se regula como custodia preferente la guarda y custodia compartida. Además, en el artículo 233-8 asegura que, en los casos de ruptura de la convivencia, no se alterarán las responsabilidades que los progenitores tienen hacia sus hijos, de modo que, si éstas mantienen el carácter compartido y, en la medida de lo posible, deben ejercerse conjuntamente.

Por ello, cada uno de los progenitores deberá presentar su plan de parentalidad en el que propondrá cómo valora ejercer sus responsabilidades frente a sus hijos o hijas. El juez determinará qué es lo mejor para los menores, velando por su cotidianidad, bienestar y tranquilidad.

Al igual que pasa en los divorcios o rupturas amistosos, en que los progenitores, en su convenio regulador deberán proponer un plan de parentalidad explicando cómo ejercer sus responsabilidades parentales, la custodia que se llevará a cabo y en qué momento, los intercambios en las visitas o periodo vacacional así como las comunicaciones con los hijos y otros extremos importantes como a qué tipo de centro escolar irán los hijos, si harán extraescolares, etc.

Y si nuestra ex pareja se niega a dejarnos ver a nuestros hijos o nos impone un régimen de visitas, antes de entablar una demanda principal de divorcio, separación o guarda y custodia, deberemos valorar el interponer unas medidas provisionales previas, urgentes o cautelares, a fin de que la relación paternofilial se reestablezca cuanto antes, mejor.

El mejor consejo que le podemos dar es que, ante un divorcio, separación o ruptura, busque los servicios profesionales de un buen abogado o abogada matrimonialista que, además de una alta formación en derecho matrimonial cuente con largos años de experiencia en el ámbito del derecho de familia…

 

 

Sandra Burgos 

Abogada de SBD ADVOCATS

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